ALQUILER DE PISOS TURÍSTICOS

Se ordena a Airbnb eliminar de su web los anuncios de pisos turísticos ilegales en Cataluña

ALQUILER DE PISOS TURÍSTICOS

La plataforma de alquiler turístico Airbnb ya no podrá anunciar en su página web pisos ubicados en territorio catalán que no consten inscritos en el Registro de turismo de Cataluña, como exige la normativa de esta Comunidad Autónoma a todas las empresas y establecimientos turísticos.

El órgano competente de la Generalitat había ordenado a la compañía bloquear, suprimir y suspender de su página web o de cualquier otra que pudiera utilizar en iguales términos, todo el contenido relativo a la publicidad de las empresas y de los establecimientos de alojamiento turístico localizados en Cataluña que no constaran en dicho Registro.

La plataforma de alquiler turístico acudió entonces a los tribunales interponiendo recurso contencioso-administrativo contra esta determinación de la Administración catalana. Consideraba Airbnb que se vulneraba con ello una Directiva europea sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, al imponer a la actividad de arrendamiento de inmuebles que prestan los usuarios de la plataforma un régimen autorizante no permitido y al imponer a Airbnb determinados requisitos para el ejercicio de la actividad.

Sin embargo, los tribunales no han dado la razón a Airbnb, al considerar que la Generalitat no restringe su libertad de prestación de servicios, sino que impide la oferta a través de la web de aquellas viviendas turísticas que no han comunicado su actividad al municipio correspondiente.

Airbnb no puede ampararse en esa Directiva para alegar desconocimiento sobre si las viviendas pueden ofertarse o no como alojamientos turísticos y eludir su responsabilidad frente al consumidor en aquellos casos en los que la oferta responde a una vivienda turística no registrada, puesto que puede conocer qué viviendas pueden ofertar con solo comprobar si están registradas.

De hecho, otras plataformas como Booking ofrecen a través de sus webs únicamente aquellas viviendas, casas o apartamentos turísticos que están legalizados. Por ello, la sentencia entiende que lo que pretende Airbhn es precisamente atraer esa oferta de pisos turísticos ilegales que ya no tienen cabida en la página de Booking.

Tampoco puede eludir su responsabilidad alegando que no es ella quien gestiona el portal sino que se limita a realizar servicios de marketing y relaciones públicas en España y Portugal para la sociedad irlandesa ABBI, por lo que cualquier requerimiento debería hacerse a esa sociedad. Pero la sentencia reconoce a Airbnb como un solo grupo empresarial y, por lo tanto, tiene que acatar las normas sobre turismo de los países donde opera.

Asimismo, también reconoce su papel activo en la contratación, que es la captación de los ofertantes (o «anfitriones») que se hace en España a través de la sociedad Airbnb Marketing Services, cuyo único accionista es la empresa matriz, de manera que sin la actividad de esta difícilmente se podrían ofertar viviendas situadas en España.

Si usted tiene alguna duda sobre la legalidad del uso turístico de una vivienda nuestros profesionales sabrán asesorarle en la defensa de sus intereses