PENSIÓN ALIMENTICIA E INSOLVENCIA SOBREVENIDA

Soluciones rápidas ante la imposibilidad de pagar una pensión por una reducción brusca y repentina de ingresos

PENSIÓN ALIMENTICIA E INSOLVENCIA SOBREVENIDA

Cuando una sentencia de divorcio ha establecido una cantidad mensual a pagar en concepto de pensión alimenticia a favor de sus hijos y la situación económica del progenitor obligado a satisfacerla cambia radicalmente de forma repentina y duradera, hasta el extremo de serle imposible satisfacerla, es necesario obtener una nueva sentencia que ajuste esta pensión a la nueva capacidad económica del progenitor obligado.

El problema es obtener ese pronunciamiento judicial con prontitud, pues previsiblemente tardará en llegar más tiempo del soportable para el deudor, teniendo en cuenta que, mientras tanto, sigue imperando la obligación de satisfacer esas cantidades que ahora resultan imposibles de asumir, con el riesgo de que el otro progenitor emprenda algún tipo de medida ante el incumplimiento, si se produce, de los pagos.

No obstante, existe una solución legal que podría resolver de una manera relativamente rápida esta situación:

  • Se trata de solicitar unas medidas previas a la demanda, así llamadas por una razón muy obvia; se solicitan unas medidas previas a una demanda que el solicitante se compromete a presentar en el plazo de 1 mes, so pena de perder la vigencia de esas medidas si finalmente no se presenta esa anunciada demanda.

No obstante, tenemos que aclarar que esta posibilidad no es admitida por ciertos juzgados, que consideran que esto de solicitar unas medidas previas a la demanda es solo para las situaciones de urgencia que se producen al inicio de una crisis familiar, no para avatares posteriores.

Si fuera así, y el juzgado ante el que se promueve efectivamente lo rechaza, el abogado hará uso de otra herramienta legal que podría acortar dichos plazos:

  • Solicitar que se establezcan medidas provisionales coetáneas junto con la demanda principal. Es decir, aquí se interpone esa demanda con la petición de reducir esas cantidades impuestas que son imposibles de asumir, y se suplica al juzgado que antes de que se decida sobre ello, se haga un pronunciamiento provisional que alivie la situación del deudor lo antes posible.

Es menos rápido como el mecanismo anterior, pero permitirá ganar varias semanas incluso meses en esa reducción definitiva que el alimentante, ahora en riesgo de insolvencia, necesita.

 

Si usted se encuentra en una situación similar a la descrita, nuestros profesionales pueden prestarle la oportuna asistencia legal para una solución ajustada a su interés y el de sus hijos